Exención para solicitantes de visas de no inmigrante (Exención "Hranka")
Si está solicitando una visa de no inmigrante, como una visa de turista B1 / B2 o varios tipos de visas de trabajo en el consulado de EE. UU. en su país, es posible que aún necesite una exención para obtener su visa.
Existe una exención bajo INA 212 (d) (3), que comúnmente se conoce como la exención Hranka, que le permite ser admitido en los Estados Unidos incluso si es "inadmisible" debido a una condena penal, fraude o exceso de estancia una visa previa.
Para ser elegible para una exención de Hranka, las autoridades de inmigración consideran tres factores para decidir si le otorgan esta exención y su visa para ingresar a los Estados Unidos:
- El riesgo de daño a la sociedad si es admitido en los Estados Unidos;
- La gravedad de sus violaciones penales o de inmigración anteriores, si las hubiera;
- La naturaleza de sus razones para ingresar a los Estados Unidos.
Esta exención es bastante generosa porque perdona la mayoría de los motivos de inadmisibilidad que le impedirían obtener una visa. Sin embargo, las autoridades de inmigración aún tienen discreción para determinar si usted se merece dicha visa, por lo que se beneficia enormemente de contar con un asesor legal que lo ayude a preparar pruebas a fin de presentar una solicitud sólida para recibir esta exención y no perder la oportunidad de obtener una visa.
El proceso para solicitar esta exención también puede ser complicado, pues usted debe solicitar la exención al mismo tiempo que su solicitud para una visa de no inmigrante en el consulado de los Estados Unidos en su país. Aunque los canadienses pueden solicitar esta exención en un puerto de entrada entregando personalmente un Formulario I-192, Solicitud de permiso anticipado para ingresar como no inmigrante junto con la documentación de respaldo.
Nota: Si intentó ingresar con ESTA, pero se le negó la entrada y se le dijo que solicitara una visa de turista, es posible que no necesite necesariamente una exención de Hranka, dependiendo del porqué las autoridades de inmigración se negaron a admitirlo con su visa. Le recomendamos que consulte con una de nuestras abogadas expertas Suzanne Vazquez y Maud Poudat para perseguir dicha exención de manera informada.
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Si es posible que necesite una exención de inadmisibilidad, debe buscar la ayuda de un abogado con experiencia certificado por la junta que haya demostrado sus calificaciones ante el Colegio de Abogados del estado para obtener esa designación. Llámenos al (407) 674-6968 durante el horario de oficina y le devolveremos la llamada. Si tiene una emergencia fuera del horario de oficina, llámenos al (407) 925-2554 y nos comunicaremos con usted a la brevedad. Las abogadas estadounidenses de inmigración Suzanne Vazquez y Maud Poudat están certificadas por la junta como expertas en leyes de inmigración por el colegio de abogados de Florida. Con sede en Orlando, FL.