El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) permite a los ciudadanos canadienses y mexicanos ingresar a los EE. UU. Con una visa TN de no inmigrante para participar en actividades comerciales a nivel profesional en campos como: contabilidad, ingeniería, derecho, farmacia, ciencias y enseñanza.
El individuo deberá proporcionar prueba de empleo a tiempo completo o parcial con un empleador de EE. UU. Y evidencia de sus calificaciones para la profesión considerada.
Los ciudadanos canadienses no están obligados a solicitar una visa en un consulado de los EE. UU. y pueden buscar la entrada directamente con el oficial de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) en ciertos puertos de entrada de los EE. UU. designados por CBP o en una estación de inspección designada para el pre-despacho / pre-vuelo.
En este caso, el futuro no inmigrante tendrá que proporcionar al oficial de CBP prueba de ciudadanía canadiense, junto con la documentación mencionada anteriormente con respecto a la oferta del empleador de EE. UU. y sus calificaciones. Luego, el oficial de CBP decidirá si permite que éste ingrese a los EE. UU. o no, y la duración de la visa TN varía según la nacionalidad, pero se puede otorgar por hasta tres años.
El futuro empleador del potencial titular de la visa TN también puede presentar una Petición de trabajador extranjero en nombre del extranjero. En este caso, el empleado también puede solicitar una extensión o cambio de estatus en Estados Unidos.
Los ciudadanos mexicanos deben solicitar la visa TN en un consulado o embajada de los EE. UU. antes de solicitar la admisión en un puerto de entrada de EE. UU. designado por CBP o en una estación de inspección designada para el pre-despacho / pre-vuelo.
La Visa TN permite una “estadía temporal” en los EE. UU., por lo que puede otorgarse por un período que no exceda los tres años. El empleador estadounidense del titular de la visa TN puede solicitar una extensión de la estadía en nombre del trabajador mediante la presentación de una Petición de trabajador extranjero. Los ciudadanos canadienses también pueden salir de los EE. UU. al vencimiento del estado de la visa TN y buscar el reingreso en un puerto de entrada de EE. UU. designado por CBP o en una estación de inspección designada para el pre-despacho / pre-vuelo.
A los cónyuges e hijos menores de 21 años se les puede otorgar la condición de dependientes y se les permite estudiar en los EE. UU. Sin embargo, no se les otorgará autorización para trabajar.
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